Frase de la semana: La
práctica y el conocimiento de utilizar el dinero de modo inteligente,
es una de las habilidades menos desarrolladas que poseemos. Aprender a
invertir y transmitir ese conocimiento a nuestros hijos no es un mero
divertimento, es una obligación ineludible. Autor: Jack William
Palace.
Amigo, no de mí, sino de lo mío, lléveselo el río. http://www.youtube.com/watch?v=3BHyDyfdH3w
Ironía NAZI: Arbeit macht Frei - Jedem das Seine.
Ad infinítum.
9 de Mayo de 2.006 500.000 Personas pierden todos sus ahorros (España)
Una vez al Mes se Manifiestan los Afectados de Fórum Filatélico y Afinsa de Madrid
Todos los Martes a las 19:00 Horas - Manifestación
Concentración: Frente a la Sede del Partido Popular (PP), en la Calle de Génova, nº 13. 28004 Madrid
http://www.megavideo.com/?v=Z1YG6BCW - http://forumafinsa.blogspot.com/ - http://losmartesdegenova.blogspot.com.es/
Hoy por nosotros, mañana por vosotros. http://www.youtube.com/watch?v=GFcLUAFQEB0
Ironía NAZI: Arbeit macht Frei - Jedem das Seine.
Ad infinítum.
9 de Mayo de 2.006 500.000 Personas pierden todos sus ahorros (España)
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Hoy por nosotros, mañana por vosotros. http://www.youtube.com/watch?v=GFcLUAFQEB0
5 de Diciembre de 2.010 Frase de la Semana: Quien le echa un pulso al Estado, pierde. Autor: Alfredo Pérez Rubalcaba. http://www.youtube.com/watch?v=k97wVG-1Tro
La Mayor Estafa Piramidal de la Historia de España. 1º parte
G
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Frase de la semana: La práctica y el conocimiento de utilizar el dinero de modo inteligente, es una de las habilidades menos desarrolladas que poseemos. Aprender a invertir y transmitir ese conocimiento a nuestros hijos no es un mero divertimento, es una obligación ineludible. Autor: Jack William Palace.
Amigo, no de mí, sino de lo mío, lléveselo el río. http://www.youtube.com/watch?v=3BHyDyfdH3w
Ironía NAZI: Arbeit macht Frei - Jedem das Seine.
Ad infinítum.
9 de Mayo de 2.006 500.000 Personas pierden todos sus ahorros (España)
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Ad infinítum.
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Hoy por nosotros, mañana por vosotros. http://www.youtube.com/watch?v=GFcLUAFQEB0
5 de Diciembre de 2.010 Frase de la Semana: Quien le echa un pulso al Estado, pierde. Autor: Alfredo Pérez Rubalcaba. http://www.youtube.com/watch?v=k97wVG-1Tro
_____________________________________________________________
Historia Fórum Filatélico - Trama Filatélica Made in Spain
* Jesús Fernández Prada (Fundador): UN RELIGIOSO DE LA CONGREGACIÓN DE LOS AGUSTINOS DE COBREROS, Fundador del imperio de Fórum Filatélico – Jesús Fernández Prada convirtió en un próspero negocio su afición de coleccionista de timbres comenzada en un internado palentino; sus paisanos le recuerdan como «una buena persona» * José Manuel Carlos Llorca Rodríguez: * Francisco Briones Nieto: _____________________________________________________________ http://www.youtube.com/watch?v=7qy7OrhFIdQ http://www.youtube.com/watch?v=AEJRuPjL4Qc http://www.youtube.com/watch?v=NGSkjF0_VUI 7:04 http://www.mefeedia.com/watch/35003438 Vídeos: Fórum Filatélico y Afinsa http://www.pbalava.es/Documentos/Federacion/DossierForumAfinsa.pdf http://ebookbrowse.com/search/Fórum-Filatélico a) Demanda: http://ebookbrowse.com/demanda-pdf-d39875540 b) Valoración: * Indemnización * Intereses de Demora * Daño Moral * Daño Psicológico * Costas c) Departamento de Asuntos Económicos y Sociales Directrices de las Naciones Unidas para la protección del consumidor Formato de archivo: PDF/Adobe Acrobat - Vista http://www.un.org/esa/sustdev/publications/consumption_sp.pdf Introducción. 1. LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS CONSUMIDORES El Día Mundial de los Derechos del Consumidor fue celebrado por primera vez el 15 de marzo de 1983, diecinueve años después que John F. Kennedy dijera ante el congreso de los Estados Unidos de América: Ser consumidor, por definición, nos incluye a todos. Somos el grupo económico más grande en el mercado, que afecta y es afectado por casi todas las decisiones económicas públicas y privadas, pero es el único grupo importante cuyos puntos de vista a menudo no son escuchadas. El 9 de abril de 1985, la asamblea general de naciones unidas adoptó las directrices de naciones unidas para la protección de los consumidores, que recogen los siguientes derechos de los consumidores: 1. Derecho a la satisfacción de las necesidades básicas. 2. Derecho a protegerse contra productos y procesos peligrosos. 3. Derecho a estar informados. 4. Derecho a escoger. 5. Derecho a ser escuchado. 6. Derecho a la reparación. 7. Derecho a la educación de los consumidores. 8. Derecho a un ambiente sano. Hoy en día, la protección de los consumidores se considera como una responsabilidad, no sólo de los gobiernos de cada país, sino de la Comunidad Internacional. ¡No Falta Dinero, Sobran Ladrones!, "El Gobierno Exprime al Pueblo" ALKORKÓN SE MUEVE, MUEVETE CON ALKORKÓN. ________________________________________ Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH): http://www.un.org/es/documents/udhr/
______________________
1º - 5 de febrero de 2010 Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/201002/05/espana/20100205elpepunac_1_Pes_PDF.pdf
c) Sala de lo Social de la Audiencia Nacional:
______________________
* Comisión Europea (CE):
______________________
* Consejo General del Poder Judicial (CGPJ):
______________________
* Juzgado de lo Mercantil: Ley Concursal. Artículo 84
______________________
______________________
* Tribunal Constitucional (TC):
______________________
* Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) - Luxemburgo:
______________________
* Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) - Estrasburgo:
Sentencia: El TEDH Condenó a España a indemnizar con 20.000 euros por Daños Morales a Otegi y pagar otros 3.000 euros en concepto de costas en una sentencia del 15 de marzo de 2011
______________________
* Tribunal Supremo (TS):
- ) Sala Primera, de lo Civil del Tribunal Supremo (TS):
- ) Sala Segunda, de lo Penal tiene dos salas, la Sala de lo Penal y la Sala de Apelación del Tribunal Supremo (TS)
Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS):
Sala de Apelación del Tribunal Supremo (TS):
Sentencia Apelación:
- ) Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS).
Costas: "3.000 €uros, 23 de Julio de 2012" - 1º Sentencia: RECURSO DE CASACIÓN: La Ley solo permite interponer el Recurso de Casación ante Tribunal Supremo (TS) a aquellos afectados que reclaman cuantías superiores a los 150.000 euros. (Caso Fórum Filatélico y Afinsa)
Los 470.000 Afectados
que no habían perdido 150.000 Euros, no tenían derecho al Recurso de
Casación ante el Tribunal Supremo (TS) ¿Tengo Derecho a Reclamar mi
Dinero?
Tanto tienes, tanto vales, es la hija de puta y cruel verdad. http://www.youtube.com/watch?v=sP9zL_q7htU
- ) Sala Cuarta, de lo Social del Tribunal Supremo (TS):
- ) Sala Quinta, de lo Militar del Tribunal Supremo (TS)
______________________
* Defensor del Pueblo: http://www.defensordelpueblo.es/es/Derechos/index.html
______________________
* Código Civil: Artículo 6 http://civil.udg.edu/normacivil/estatal/cc/tprel.htm
* CÓDIGO PENAL: Articulo 248 al 251 estafas * Constitución Española: Artículo 51
* Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas (España)
Los particulares tendrán derecho a ser Indemnizados
por las Administraciones Públicas (AA.PP.) de toda lesión que sufran en
sus bienes y derechos siempre que la lesión sea consecuencia del
funcionamiento de los servicios públicos. (Art. 106.2 CE y 139.1
LRJAP-PAC).
*
Ley Azcárate
de Represión de la Usura, ley aún vigente en España en sus elementos
básicos y cuyo Artículo 1º establece que Será nulo todo contrato de
préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal
del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias
del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo
motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de
su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus
facultades mentales.
* Ley del Mercado de Valores (LMV): Artículo 26 bis (CNMV)
http://www.rankia.com/foros/afinsa-forum/temas/475276-antonio-moreno-espejo * Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDU) * Ley de Condiciones Generales de la Contratación (LCGC) * Ley General de Publicidad (LGP) * Ley de responsabilidad por productos (LRP) http://civil.udg.es/normacivil/estatal/resp/lrp.html
* Publicidad ilícita o engañosa
* EL ESTADO SE TENDRÁ QUE HACER RESPONSABLE "Responsable de omisión de cumplimiento de deber"
* LA COMUNIDAD AUTÓNOMA SE TENDRÁ QUE HACER RESPONSABLE "Responsable de omisión de cumplimiento de deber"
SI SON COMPETENCIA NUESTRA "LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS TIENEN TRANSFERIDAS LAS MATERIAS DE CONSUMO" http://www.mefeedia.com/watch/35003438
Instituciones del Estado
* QUERELLA:
* Magistrado:
* Banco de España (BE):
* Comisión Nacional del Mercado de Valores
(CNMV) Regulador Español Es el equivalente a la "Securities and
Exchange Commission (SEC) Organismo regulador de valores en Estados
Unidos (EE.UU.)":
* Políticos:
* Lobby:
Menos mal hacen los delincuentes que un mal juez. Francisco de Quevedo y Villegas
_____________________________________________________________
«Ni está, ni se le espera» http://www.youtube.com/watch?v=hSoIfB5BX9Y
* Dedicatoria para los Muertos, Chivatazo, Filtraciones, Soborno, Abogado, Policía, Jueces, Fiscales... paRato.
http://www.youtube.com/watch?v=oT6M5L7tAjM
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
¿Dónde
estaban los
supervisores?
¿Se deben depurar
responsabilidades?
La famosa formula: Qué, Quién, Dónde, Cuándo,
Cuanto, Por qué y Cómo.
Ahora hagase las siguientes
preguntas:
¿De qué estoy hablando?
¿Quién está
implicado?
¿Dónde
está?
¿Cuándo
será?
¿Cuánto
será?
¿Por qué
será?
¿Cómo lo
hare?
Bankia - Bankero
¡¡Roban al Obrero, Salvan al Banquero!!
9 de mayo de 2.012 500.000 Personas pierden todos sus ahorros (España) La Historia se repite... Pyramid scheme (Estafas Piramidales), Captadores de Ahorro (Savings Collectors), Ponzi Scheme, 庞氏骗局,... Primero vinieron por los judios, como yo no era judio
nada me importó.
Después vinieron por los negros, como yo no era negro
nada me importó.
Después vinieron por los homosexuales, como yo no era homosexual
nada me importó.
Ahora vienen por los Pobres y por los de Clase Media, como yo no soy ni Pobre ni de Clase Media
nada me importó.
Algún día vendrán por tí, por tí
y por mí,
pero entonces será tarde.
_____________________________________________________________
- Parlamento Europeo
Peticiones
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?id=49&language=ES
Uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos:
Todo
ciudadano, actuando a título individual o junto con otros, puede ejercer en todo
momento su derecho de petición ante el Parlamento Europeo en virtud de lo
dispuesto en el artículo 194 del Tratado CE.
Cualquier ciudadano de la
Unión Europea o residente en cualquiera de sus Estados miembros puede presentar
una petición al Parlamento Europeo, individualmente o en asociación con otras,
sobre un asunto que pertenezca a alguno de los ámbitos de actividad de la Unión
Europea y que la afecte directamente. Las empresas, organizaciones o
asociaciones con sede social en la Unión Europea también pueden ejercer este
derecho de petición, garantizado por el Tratado.
Una petición puede
consistir en una queja o en una solicitud y puede estar relacionada con asuntos
de interés público o privado.
La petición puede contener una
solicitud particular, una queja u observación relativa a la aplicación del
Derecho comunitario, o un llamamiento dirigido al Parlamento Europeo para que
tome posición ante un asunto concreto. Estas peticiones dan al Parlamento la
oportunidad de llamar la atención sobre cualquier violación de los derechos de
los ciudadanos europeos cometida por un Estado miembro, una autoridad local u
otra institución.
Procedimiento para presentar una petición al
Parlamento Europeo:
¿Quién
puede presentar una petición, y sobre qué
asuntos?
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?id=49&pageRank=2&language=ES
¿Cómo
se puede presentar una petición?
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?id=49&pageRank=3&language=ES
¿Qué
curso se da a una petición admitida a trámite?
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?id=49&pageRank=4&language=ES
No
admisión de una petición; publicidad de las peticiones
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?id=49&pageRank=5&language=ES
Formulario electrónico para presentar una petición
https://www.secure.europarl.europa.eu/parliament/public/petition/secured/submit.do?language=ES
Si solo desea obtener información suplementaria sobre las políticas de
la Unión Europea, tenga la amabilidad de utilizar el formulario del Servicio de
Información al Ciudadano.
https://www.secure.europarl.europa.eu/parliament/public/citizensMail/secured/cmRequest.do?cmLanguage=es
http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?language=ES&id=47
la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo ha decidido aceptar a
trámite una petición elevada, ahora hace un año, a dicho Comité, en la que se
solicita la apertura de una investigación al Gobierno del Reino de España.
http://afectadosforum.com/foro/viewtopic.php?f=1&t=6843
http://afinsa.mi-web.es/board/post95021.html
9 de Febrero de 2011
- Intereconomía TV - El Telediario de Intereconomía - Presentadores: Luis Losada
Pescador, Manuel Gómez y Irene Cacabelos.
blip.tv/10160007814207/Beliacaballero-intereconomiatv_ElTelediarioDeIntereconomia_09_02_2011559.wmv
http://www.blip.tv/file/4753008 intereconomiatv_El Telediario de
Intereconomia_09_02_2011
http://www.youtube.com/watch?v=IU3j0HDX2BE
0:12
Hablan: "Comisión Europea (CE) investiga al Gobierno de España por
intervenir Afinsa"
______________________________________________________________
______________________________________________________________
Captación Masiva de Dinero Público,
Captación Masiva de Ahorro Público.
http://www.youtube.com/watch?v=RXqrexEcUug
CAPTACIÓN
MASIVA: Se conoce por captación la canalización de recursos para aplicación de
inversiones de corto, mediano y largo plazo. Se entiende por Captación Masiva y
Habitual que una persona natural jurídica capta dinero del público en cualquiera
de los siguientes casos: 1). Cuando su pasivo frente al público esté compuesto
por más de 20 personas o por más de 50 obligaciones contraídas directamente a
través de una persona. 2). Cuando se haya celebrado en un período de tres meses
más de 10 contratos de mandato con el objeto de administrar dinero en títulos
valores. El período se tiene en cuenta desde la fecha de la primera
contratación. Las condiciones para que se de la captación masiva son: 1). El
valor total del dinero real dado y el conjunto de operaciones indicadas
sobrepase el 50% del patrimonio líquido de aquella persona. 2). Que los
operadores respectivos hayan sido el resultado de haber realizado ofertas
públicas y privadas a personas indemnizadas de haber utilizado cualquier otro
sistema con efectos similares. 3). No se tienen en cuenta operaciones con el
cónyuge.
Afectados Fórum
Filatélico, Arte y Naturaleza y Afinsa ¡Justicia YA!
Conecta el
altavoz y pincha el enlace luego pincha en las carpetas, ventanas o carteles al
pié de la
imagen.
http://img22.imageshack.us/img22/4818/animaforum28ncs3wb.swf
Haz
correr este mensaje
_____________________________________________________________
Frío
Posteador Primer Dan Mensajes: 288 Registrado: Julio 16th, '06, 00:23
___________________________________________________________
Cuantas más leyes y
decretos, más ladrones aparecen.
Autor: Lao-Tsé
什麼更多法律和旨令,更多竊賊出現
Mentirosos - Zpu
http://www.youtube.com/watch?v=H6PIJHes47g
Zpu - Infamia
http://www.youtube.com/watch?v=QJ7F2ZjPBMg
He tenido un sueño - Zpu
http://www.goear.com/listen/fd74aaf/he-tenido-un-sueno-zpu -
http://www.youtube.com/watch?v=X6kXrBXZ7Es
FRASE DE LA SEMANA: La
libertad, querido Sancho, es uno de los más preciados dones que a los hombres
dieron los cielos. Con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la
tierra ni el mar encubre; por la libertad se puede y debe aventurar la vida.
Autor: Miguel de Cervantes Saavedra ("Don Quijote")
CODIGO
PENAL (ESPAÑA)
CAPÍTULO VI. DE LAS DEFRAUDACIONES. SECCIÓN 1. DE
LAS ESTAFAS. Artículo 248 al 251 estafas y CAPÍTULO XI. DE LOS DELITOS RELATIVOS
A LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL, AL MERCADO Y A LOS CONSUMIDORES.
SECCIÓN 3. DE LOS DELITOS RELATIVOS AL MERCADO Y A LOS CONSUMIDORES. Artículo
278 al Artículo 286.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal.
De buena ley Gustavo larraz 1 septiembre 2009
http://mitele.telecinco.es/programas/buena-ley/86722.shtml
Los principales puntos del nuevo Código Penal que hoy entra en
vigor
EP / MADRID
Día 23/12/2010 - 07.51h
Estafa de
inversiones: Se incorpora la figura de la estafa de inversiones, incriminando a
los administradores de sociedades que falseen información para
lograr captar inversores u obtener créditos y castigando la difusión de noticias
o rumores sobre empresas donde se ofrezcan datos falsos para alterar o preservar
el precio de cotización de un instrumento financiero.
Corrupción: La
normativa prevé por primera vez la responsabilidad penal de las personas
jurídicas. Además, en los casos de funcionarios y responsables públicos que
cometan delitos de corrupción, se elimina la alternativa entre la pena de
prisión o multa, de manera que siempre haya condena de cárcel. En este apartado,
se castigará también a las autoridades o funcionarios que informen
favorablemente de proyectos u omitan inspecciones contraviniendo las normas.
http://www.abc.es/20101223/espana/codigo-penal-201012230622.html
Declaración Universal de Derechos
Humanos
http://video.google.com/videoplay?docid=8175158054180977384
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad,
individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su
propiedad.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la
libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado
a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones,
y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de
expresión.
Artículo 21
El derecho a la democracia
http://www.youtube.com/watch?v=vmjF97ZBjSk
Artículo 25
1. Toda
persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su
familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la
vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene
asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez,
viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por
circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la
infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños,
nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección
social. http://www.un.org/es/documents/udhr/
Responsabilidad patrimonial de las administraciones
públicas (España)
Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados
por las AA.PP. de toda lesión que sufran en sus bienes y derechos siempre que la
lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. (Art.
106.2 CE y 139.1 LRJAP-PAC).
ALKORKÓN SE MUEVE,
MUEVETE CON ALKORKÓN.
Frase de la semana: La democracia no significa:
soy tan bueno como tú. Sino: tú eres tan bueno como yo. Autor: Theodore
Parker.
Frase de la Semana: No hay peor tiranía que la que se ejerce
a la sombra de las leyes y bajo el calor de la justicia.
FRASE DE LA
SEMANA: Puedes engañar a todo el mundo algún tiempo. Puedes engañar a algunos
todo el tiempo. Pero no puedes engañar a todo el mundo todo el tiempo. Autor:
Abraham Lincoln.
http://estafaspiramidales-afecta2.blogspot.com/
Sé él
Mejor Estafador del Mundo.
¿Quieres saber cómo?
¡Deja que otras
personas te ayuden!
ALKORKÓN SE MUEVE, MUEVETE CON ALKORKÓN.
Frase de la semana: Combatirse a sí mismo es la guerra más difícil;
vencerse a sí mismo es la victoria más bella. Autor: Friedrich von Logau.
FRASE DE LA SEMANA: Donde estamos nosotros hoy, estaréis vosotros
mañana.
FRASE DE LA SEMANA: Sin luchas, no hay victorias.
FRASE DE LA SEMANA: Si una persona es perseverante, aunque sea dura de
entendimiento, se hará inteligente; y aunque sea débil se transformará en
fuerte. Autor: Leonardo Da Vinci.
Frase de la Semana:
The
People Have A Right To Know
El pueblo tiene derecho a saber
Autor:
Nostradamus
Ley Azcárate
1. http://www.youtube.com/watch?v=3HMVbWduWt4
2.
http://rdmf.files.wordpress.com/2008/01/ley-azacarate-23-julio-1908-represion-usura.pdf
3. http://www.porticolegal.com/foro/civil/81228/ley+azcarate
4.
http://rdmf.wordpress.com/2008/08/30/diez-preguntas-sobre-la-usura/
5.
http://es.wikipedia.org/wiki/Gumersindo_de_Azc%C3%A1rate
6.
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=usura
Gumersindo de Azcárate Menéndez-Morán (León, 13 de enero de 1840 –
Madrid, 15 de diciembre de 1917)
En 1908 fue el principal impulsor de
la conocida como Ley Azcárate de Represión de la Usura, ley aún vigente en
España en sus elementos básicos y cuyo artículo 1º establece que Será nulo todo
contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al
normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del
caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para
estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación
angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
Frase de la Semana: Administrador que administra y enfermo que se enjuaga, algo traga.
http://www.finanzas.com/noticias/fondos-inversion-planes-pensiones/2009-08-04/189909_perjudicados-forum-filatelico-obligados-devolver.html
_____________________________________________________________
1.998
Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e
Intervención de las Entidades de Crédito.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l26-1988.t2.html
Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. (Vigente hasta
el 15 de marzo de 2.005)
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Anterior/r8-l24-1988.t3.html
“La captación de ahorro mediante cesión temporal de sellos fue ilegal
por lo menos hasta Noviembre de 2.003”, pues contravenía el Artículo 28. 2. b.
de la Ley de Disciplina en Intervención de las Entidades de Crédito. Además la
incorporación en 1.998 a la Ley del Mercado de Valores de un nuevo Artículo 26
bis dejó claro que la captación de fondos reembolsables sólo podía hacerse
mediante la emisión de valores o instrumentos financieros, al amparo de la Ley
del Mercado de Valores; por entidades de crédito, bajo la supervisión del Banco
de España; o al amparo de alguna Ley especial. "Manuel Conthe Gutiérrez expresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)". Historia de mercaderes 2. Manuel Conthe
Octubre
2.003
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r0-l23-2003.html
Se aprueba la Disposición Adicional Cuarta de la citada Ley 23/2003, que
recoge concretamente la regulación de estas inversiones, se introdujo a través
de una enmienda en el Senado introducida por el Grupo Popular, número 144, según
consta en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 23 de septiembre de
2.003. En el Dictamen emitido por la Comisión de Economía, Comercio y Turismo
del Senado dos días después, el Senador Juan Pablo Sánchez Sánchez Seco aludía
sucintamente a la enmienda introducida sobre bienes tangibles como "una
importante y nueva regulación integral, más allá de la normativa fraccionada
vigente de Derecho civil y mercantil, respecto a la protección de la clientela en
relación con la comercialización y publicidad de determinados bienes". El
dictamen fue aprobado por unanimidad sin suscitar más dudas y cuestiones, por lo
que el fundamental debate sobre la naturaleza de este producto de ahorro se
obvió totalmente.
El PP saca a las entidades dedicadas a inversiones
en bienes tangibles del control del Ministerio de Economía para dejarlo en manos
de las autoridades autonómicas de consumo.
Recordó que esta
modificación se efectuó "no sabemos aún por qué" cuando Rodrigo de Rato y Figaredo (PP) era
ministro de Economía y además se produjo "de tapadillo" en el Senado, pese a la
oposición expresa del PSOE. (Declaración Sr. Garrido PSOE).
_____________________________________________________________
Instituciones de Inversión
Colectiva (IIC)
http://www.gabilos.com/comosehace/FormasJuridicas/textoInstInversColectiva.htm
1.984
Ley 46/1984, de 26 de diciembre, Reguladora de las
Instituciones de Inversión Colectiva. (Vigente hasta el 5 de febrero de 2004)
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r4-l46-1984.html
Se promulga la Ley 46/84 que regula la actividad de Fórum Filatélico.
"serán consideradas Instituciones de inversión Colectiva (IIC) las que estén
reguladas en su articulado y cualquiera que capte públicamente fondos". Artículo
1. Ámbito de aplicación. Pueden ser financieras o sobre activos de otra
naturaleza.
5) Diciembre de 1.984; Ley 46/1984, de 26 de diciembre,
Reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva. (Vigente hasta el 5 de
febrero de 2.004):
La promulgación de esta norma parece encuadrar la
actividad desarrollada por Fórum Filatélico y por Afinsa puesto que considera como
“Instituciones de Inversión Colectiva las reguladas en su articulado y aquellas
que, cualquiera que sea su objeto, capten públicamente fondos, bienes o derechos
del público para gestionarlos”, pudiendo tener carácter financiero o no
atendiendo a la naturaleza de los activos gestionados. Sin embargo esta
normativa a la postre se reveló como ambigua e ineficaz para la regulación de
las filatélicas, que NUNCA cumplieron con los requisitos exigidos por la propia
Ley ante la parsimonia de la Administración del Estado. Se analizará en detalle
esta norma en los Fundamentos de Derecho de la presente demanda. (Fundamento de
derecho quinto, parágrafo 4.1.a)
2.003
Noviembre
del año 2.003; ley 35/2003 Disposición Adicional Cuarta.
El 4 de
Noviembre del año 2.003 se aprueba la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión
Colectiva que introduce a través de su Disposición Adicional 4ª, supuestamente
una “regulación” del sector. Ésta ha sido la norma de cobertura durante los
últimos años de la ilegal actividad crédito-financiera de Fórum Filatélico y Afinsa.
Establecía la Disposición Adicional 4ª, relativa a la “Protección de la
clientela en relación con la comercialización de determinados bienes” (en
concreto, sellos, obras de arte, antigüedades…):
“Los que desarrollen la
actividad a que se refiere el párrafo primero del presente apartado no podrán
realizar las actividades reservadas a las entidades de crédito, empresas de
servicios de inversión, instituciones de inversión colectiva, entidades
aseguradoras o reaseguradoras o a cualquier otra entidad inscrita en los
registros del Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y
Dirección General de Seguros y fondos de pensiones. Asimismo, no podrán incluir
en su denominación, ni en la publicidad que realicen en referencia a sus
actividades, el adjetivo financiero o colectivo, ni ningún otro que induzca a
confusión con aquellas actividades reservadas señaladas con anterioridad”.
Ambas filatélicas emplearon esta terminología “prohibida” en sus propias
denominaciones sociales desde un inicio, “FÓRUM FILATÉLICO FINANCIERO, S.A.”,
“AHORRO FILATÉLICO INTERNACIONAL, S.A.” y pese a que retiraron de sus
denominaciones sociales tan descaradas referencias (Fórum Filatélico abandona el término
“Financiero” en el año 1.997 y Afinsa no son sino las siglas de su anterior
denominación, de modo que lleva implícito el término ahorro) en su publicidad y
en los contratos suscritos con los clientes, constantemente se inducía a
confusión en este sentido. Aportamos copia de diversos folletos publicitarios y
de contratos de ambas compañías para acreditar tal extremo como documentos nº 9.
Como vemos expresiones tales como: “AHORRO-INVERSIÓN EN BIENES TANGIBLES”, “¡EL
MEJOR PRODUCTO PARA SUS AHORROS!”, “Nunca planificar su inversión fue tan
fácil”, “Mis ahorros de hoy incrementados mañana” están presentes de modo
sistemático en la publicidad de las filatélicas y en sus propios contratos, en
los que no dudan de calificar al cliente como INVERSOR. Pretender hacernos creer
que estos términos no inducen al menos a confusión con las empresas de servicio
en inversión (tal y como establece la Ley) parece una broma de muy mal gusto.
Tendremos la oportunidad de desarrollar convenientemente el contenido de
esta Disposición Adicional 4ª -derogada por la Ley 43/2007, de 13 de diciembre,
de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de
restitución del precio - en los Fundamentos de Derecho del presente escrito.
Abril 2.004
El ministro de Economía saliente, Rodrigo de Rato y Figaredo (PP), advirtió DOCUMENTALMENTE al ministro entrante, Pedro
Solbes Mira (PSOE) que "en concreto, dentro del capítulo de temas pendientes de
la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, el primer apartado era el
desarrollo reglamentario de la Ley de Inversión Colectiva" de la que forma parte
la disposición que regula las actividades referidas y que había entrado en vigor
pocas semanas antes. El gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero no hizo nada en
dos años para desarrollar esa normativa.
http://paz-digital.org/new/content/view/1651/2/
Julio -
Agosto 2.004
Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de
Inversión Colectiva (IIC).
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l35-2003.html
La Ocu denuncia la exigua regulación de este tipo de entidades reflejado
en la disposición adicional de la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión
Colectiva (IIC), ya que no se garantizaba de forma eficaz la protección de los
usuarios. En concreto, la OCU denunció la inexistencia de fondos de garantía
para los inversores, equivalentes a los depósitos y valores, la exigencia de
fondos propios suficientes o avales que aseguraran el cumplimiento de los
compromisos.
http://www.ocu.org/site_images/PressPdf/Dd083_3839.pdf
Junio 2.005
El Ministerio de Sanidad y Consumo, órgano
del que depende el mercado de bienes tangibles, editó en junio de 2.005, un
Folleto informativo sobre el sector, donde avaló que la comercialización de
sellos, obras de arte y antigüedades no se consideraba como actividad
financiera. El Instituto Nacional del Consumo (INC) reaccionó a la publicación
de esta normativa, publicando un nuevo Folleto (que sustituyó al anterior de
2.003) sobre la inversión en bienes tangibles reproduciendo las escasas
novedades que aportó la citada Disposición Adicional, con lo que su alcance,
unido a su insignificante difusión, resultó claramente insatisfactorio para el
consumidor. Este segundo folleto del Instituto Nacional del Consumo (INC) omite
cualquier referencia a productos de inversión, rentabilidades, etc.
http://img222.imageshack.us/img222/5669/follletoministeriosandaoh7.jpg
Ello incurre en una contradicción con su primer folleto que trataba
estas operaciones como ofertas de inversión. Por tanto, la promulgación de la
Disposición Adicional 4ª de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva ha
hecho que el Instituto Nacional del Consumo (INC) se haya distanciado de la
realidad, que no es otra que el carácter financiero de estas inversiones como ya
constató en su primer folleto, omitiéndolo en el segundo. En este segundo
folleto el Instituto Nacional del Consumo (INC) habla de venta de sellos,
compromiso de revalorizaciones, comercialización de bienes tangibles, etc.
omitiendo utilizar cualquier término "financiero" que es, sin embargo, el
realmente aplicable a las operaciones de estas empresas, las cuales se muestran
muy complacientes ante esta regulación insuficiente.
25 de
mayo
Fue clara la posición de los representantes de los distintos
grupos parlamentarios. Desde el Grupo Parlamentario Vasco ("A pesar de la
disposición adicional cuarta de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de
Instituciones de Inversión Colectiva, la actividad de Fórum Filatélico y de Afinsa es una actividad financiera pura y dura; usted pone dinero y al final
del plazo le devuelven el capital más los intereses"), pasando por el Grupo
Parlamentario Catalán ("estas compañías que ofrecen productos tangibles, que no
deja de ser un sistema de ahorro de previsión, fueran reguladas a través del
Banco de España, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) u otros
organismos reguladores"), hasta el Grupo Parlamentario Socialista, a través de
su diputado Fernández Marugán, enfatizaban que en los productos que ofrecían Fórum Filatélico y Afinsa , "existía pues una revalorización, que era lo que se ofrecía al
público, y el factor de revalorización era el que servía para captar clientes.
Está claro que los sellos no eran el atractivo, que el atractivo era la
revalorización."
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Léelo de arriba a abajo y luego de abajo a arriba
LA PANDEMIA DEL SIGLO XIX - XX - XXI LOS
POLÍTICOS
En nuestro partido político cumplimos con lo que
prometemos.
Sólo los imbéciles pueden creer que
no
lucharemos contra la corrupción.
Porque si hay algo seguro para
nosotros es que
la honestidad y la transparencia son fundamentales
para alcanzar nuestros ideales.
Demostraremos que es una gran
estupidez creer que
las mafias seguirán formando parte del gobierno
como en otros tiempos.
Aseguramos sin resquicio de duda
que
la justicia social será el fin principal de nuestro mandato.
Pese a eso, todavía hay gente estúpida que piensa que
se
pueda seguir gobernando con las artimañas de la vieja política.
Cuando asumamos el poder, haremos lo imposible para que
se
acaben las situaciones privilegiadas y el tráfico de influencias.
No
permitiremos de ningún modo que
nuestros niños tengan una formación
insuficiente.
Cumpliremos nuestros propósitos aunque
los
recursos económicos se hayan agotado.
Ejerceremos el poder hasta
que
comprendan desde ahora que Somos la "nueva política".
Ahora léelo del revés, empezando por la última frase y
subiendo línea a línea.
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Alcorcón 4 Real Madrid 0 (27 de Octubre de 2.009
27/10/09)
http://www.youtube.com/watch?v=0A2sKpYDgIQ
http://www.youtube.com/watch?v=Qpd4-E0dhLg
http://www.youtube.com/watch?v=eLrh_YWjkSc
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Intereconomía TV - El Gato al Agua - Presentador: Antonio Jiménez.
http://www.youtube.com/watch?v=Yd5pu_lmAQo
La Mujer Invisible
Castellano - Español
Nosotros vamos a por más y tú.
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